Información general
Las visas diplomáticas/oficiales (A), de organizaciones internacionales (G) y de la OTAN se emiten a diplomáticos y otros funcionarios gubernamentales para viajar a los Estados Unidos en su capacidad oficial. La clasificación de la visa requerida depende del propósito del viaje a los Estados Unidos. Hay requisitos muy específicos que deben cumplir los solicitantes para calificar para una visa A, G o NATO, según la ley de inmigración de los EE. UU.
Las personas con pasaportes diplomáticos u oficiales deben seguir las instrucciones a continuación para enviar una solicitud de visa en línea, recopilar la documentación requerida y completar el formulario para solicitar una cita.
Proceso de solicitud
PASO 1: Completar el formulario electrónico DS-160, imprimir la hoja de confirmación (página con código de barras) para cada solicitante, y reunir los siguientes documentos:
- Un pasaporte válido para viajar a los Estados Unidos.
- Una foto de 5 cm x 5 cm, en caso la foto no haya sido cargada correctamente al formulario electrónico o no cumpla con los requisitos para la foto.
- Una nota diplomática del Ministerio de Relaciones Exteriores del país de origen (visas A), o una nota diplomática y/u órdenes de viaje de la organización internacional (visas G):
Para visas A, el gobierno que envía debe proporcionar la siguiente información en la nota diplomática presentada con cualquier solicitud de visa A-1 o A-2:
- el nombre del funcionario o empleado del gobierno, fecha de nacimiento, cargo y título, lugar de asignación o visita, propósito del viaje, una breve descripción de sus deberes, fecha del viaje y la duración prevista del período de servicio o estadía en el Estados Unidos, y
- los nombres, parentesco y fechas de nacimiento de los dependientes y otros miembros del hogar que acompañarán o se unirán al funcionario o empleado del gobierno.
Visite Travel.State.gov para más información sobre visas para diplomáticos y funcionarios de gobiernos extranjeros.
Para visas G, la nota diplomática y/o las órdenes de viaje presentadas con cualquier solicitud de visa G o NATO deben incluir la siguiente información:
- el nombre del funcionario o empleado, fecha de nacimiento, cargo y título, la organización internacional u oficina en la que prestará servicios la persona, el propósito del viaje, una breve descripción de sus funciones, la fecha del viaje y la duración prevista de la estadía en los Estados Unidos, y
- los nombres, parentesco y fechas de nacimiento de los dependientes y otros miembros del hogar que acompañarán o se unirán al funcionario o empleado.
Visite Travel.State.gov para más información sobre visas para empleados de organizaciones internacionales y de la OTAN.
PASO 2: Completar el siguiente formulario para solicitar una cita para traer, o enviar con un tercero, la documentación requerida a la Ventanilla de Protocolo ubicada adentro de la Sección Consular de la Embajada de los Estados Unidos en Lima.
Información adicional
Pago
- La mayoría de los titulares de pasaportes diplomáticos están exentos de pagar tasas de visa, aunque existen excepciones limitadas si la clase de visa solicitada es B-1/B-2.
- Los titulares de pasaportes oficiales y especiales están exentos del pago de tasas de visa para visas de tipo oficial, pero deben pagar la solicitud de visa y las tasas de emisión recíproca, si corresponde, para cualquier visa de tipo no oficial.
- Los titulares de pasaportes diplomáticos/oficiales que soliciten una visa de turista en sus pasaportes regulares deben pagar la solicitud de visa y las tarifas de emisión recíproca, si corresponde, y asistir personalmente a una entrevista de visa.
¿Quién debe enviar la Nota Diplomática?
- Ministerio de Relaciones Exteriores, para visas A-1/A-2/G-1/G-2
- Organización Internacional, para visas G-4
- Dirección de Privilegios e Inmunidades del Ministerio de Relaciones Exteriores o Misión Diplomática Extranjera (Embajada) en Perú, para visas B-1/B-2 & C-3
Más información sobre categorías de visas de protocolo
- Para obtener información detallada sobre las visas A, visite el sitio web de información sobre viajes de la Oficina de Asuntos Consulares.
- Para obtener información detallada sobre las visas G, visite el sitio web de información sobre viajes de la Oficina de Asuntos Consulares.
Otras categorías de visa
- Los solicitantes dentro de las siguientes categorías pueden solicitar una B-1/B-2 (visa de turista) con una Nota de Protocolo de la Dirección de Privilegios e Inmunidades del Ministerio de Relaciones Exteriores o con una Nota Diplomática de una Misión Diplomática Extranjera (Embajada) en Perú:
- Ministros de Estado del gobierno del Perú;
- Miembros del Congreso Peruano;
- Magistrados activos de la Corte Suprema de Justicia del Perú;
- Miembros activos del servicio diplomático peruano;
- Diplomáticos u Oficiales miembros activos de una Misión Diplomática extranjera en el Perú; y,
- El cónyuge legalmente casado o del mismo sexo, y los hijos solteros menores de 21 años (o hijos menores de 23 años que asisten a tiempo completo como estudiantes en instituciones educativas postsecundarias o con una discapacidad física o mental) de personas en las categorías anteriores, con el mismo tipo de pasaporte que el solicitante principal. Cualquier otro miembro de la familia, incluidos padres, hermanos, cónyuges divorciados e hijos adultos, debe solicitar una visa a través del proceso de cita regular.
- Los solicitantes de categorías de visa que no sean de turista y oficial, incluidos los estudiantes o aquellos que buscan trabajo temporal, deben solicitar una visa a través del proceso de cita regular.